Plantean derogar el IETU en Senado
El Partido de la Revolución Democrática en el Senado propuso derogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, al argumentar que en cuatro años de existencia “en lugar de mejorar la recaudación, ha generado distorsiones en el sistema tributario”.
El Partido de la Revolución Democrática en el Senado propuso derogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), al argumentar que en cuatro años de existencia “en lugar de mejorar la recaudación, ha generado distorsiones en el sistema tributario”.
En entrevista, el legislador Tomás Torres aseveró que dicho gravamen significa “una pesada carga” para las pequeñas y medianas empresas además que afecta su capacidad financiera.
Indicó que dicho impuesto “se paga sobre una base amplia con mínimas deducciones, sin importar si la empresa tuvo pérdidas o ganancias, lo que no sólo no contribuye a la conservación de los empleos, sino que reduce la capacidad de flujo y de pago de los empleadores”.
Torres Mercado aseguró que además de no cumplir con las metas trazadas de recaudación, el IETU ha introducido una gran complejidad en el sistema tributario y representa una carga para las empresas ante la volatilidad del entorno macroeconómico internacional.
El legislador perredista sostuvo que el gravamen, que entró en vigor el 1 de enero de 2008, ha inhibido la competitividad de aquellas empresas que demandan importantes financiamientos o que son intensivas en mano de obra.
Fuente: Notimex
http://www.unonoticias.com/
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amezcuaHace 8 minutos
como es posible que dejaron poner este este impuesto en general de los negocios por.ejemplo el mio es de venta de azucar y harinas y cereales que son de primera necesidad como son tambien los abarroteros en lo cual se gana un 6% o un 8% y es ridiculo que te cobren 17% de IETU nos pega al doble delo que sele gana anuestros productos y asi cuando vamos a crear fuentes de trabajo para los miles de personas dese empleados son cosas ilogicas las que estan haciendo nuestros
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rob5717Hace 8 minutos
Los sistemas impositivos deben ser acordes a nuestra CONSTITUCION MEXICANA, no deben lesionar nuestros derechos y patrimoni****i lo marca la carta magna CPEUM Art. 31 - IV "de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes", esto es muy claro, pero tambien se tiene que analizar que esa proporcionalidad y equidad no la respetan las leyes fiscales, del imss, y sus reglamentos, y otras como el (ietu) cuando hay una situacion disconfor**** ellas se tiene que recurrir hasta la ultima instancia que es el amparo para llegar a esa proporcionalidad y equidad cuando es injusta, de todos modos es muy oneroso para el causante y el profesional de la Contaduria Publica defender se de una injusticia, quien te regresa lo que te cuesta el amparo y que nos paguen los honorarios a los C.P., nos han remitid****er "recaudadores de impuestos" y el Codigo Fiscal es lo mismo, el IETU sustituyo al Impuesto al Activo o sea al Patrimonio que lograste tener a base de mucho esfuerzo y pago de impuestos para obtenerle, si tienes esto el usufructo de esos bienes como los edificios o departamentos o casas que rentas para vivir, aparte del ISR e IVA y el ISPS el, IETU es a una sola tasa 17%, donde esta la proporcionalidad y equidad de estos impuestos?????, creo que ya esta claro que la reforma fiscal y laboral nunca llegaran a ser eso, proporcionales y equitativas, no conviene a quien???????.
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chela ebrardHace 30 minutos
urge que AUDITEN AL PRD; DE DONDE SACAN TANTO $$$$$$. PARA PAGAR A 3 EMPRESAS ENCUENTADORAS.
HA Sí QUE ESTOS TIPOS DEL PRD; LAVAN DINERO EN MONTÓN.
QUE QUITEN DEL CARGO A EBRARD.
PD.te aviso EBRARD; que tengo un video intimo TUYO que publicar ENTOCES retirate entes de que yo te arruine!!!!!!!!!!
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María VizcaínoHace 48 minutos
Sería maravilloso que quitaran este impuesto, pero a la de ya. Desde el 2008 en que se implantó, solo ha traído inconformidad y dudas para los contribuyentes, que de por sí no están del todo enterados de la utilización de sus pagos, y a uno como auxiliar contable, solo nos da más labores innesarias ante un cálculo absurdo de dinero que tal parece jamás se retribuye a la ciudadanía de forma efectiva. Si logran borrarlo definitivamente, me cae que voy y les beso los pies a quienes lo hagan :B
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erick hernandez (CHIVAMIL) Hace 50 minutos
ES UN IMPUESTO TERRIBLE, AQUI EN CD. JUAREZ "DESAPARECIO" DEL PADRON DE CONTRIBUYENTES A MUCHOS, PUES REPRESENTA UNA CARGA MUY PESADA, POR EJEMPLO LOS ARRENDADORES QUE PAGABAN EL ISR CON LA RETENCION DE PERSONAS MORALES OPTARON POR IRSE A LA INFORMALIDAD PUES EL IETU LES REPRESENTO UN PAGO QUE ANTES NO TENIA. ADEMAS, AL SER UNA SOLA TASA ES INEQUITATIVO A DIFERENCIA DEL ISR QUE LA TABLA ES PROGRESIVA SEGUN EL NIVEL DE INGRESOS, OJALA QUE LO QUITEN! 7 0ReportarSpam
carlos Alberto Quiroga MirelesHace 1 hora
Este impuesto, si bien es cierto a los contadores nos vino a aumentar la carga de trabajo de manera importante, tiene una pequeña parte de bueno, ya que incentiva el movimiento de flujos de efectivo, ya que el contribuyente buscara quedarse con el menor dinero posible en la cuenta y pasarsel****u proveedor de bienes o servicio, pero dentro de sus muchos defectos, es precisamente el que no es justo tributar sobre un flujo de efectivo, ya que no es equitativo el tributar sobre un ingreso y no sobre una utilidad, de verdad, que seria bueno que este impuesto desaparezca, pero el terrible problema de Mexico, es que nuestros representantes en el gobierno, legislan por el poder, no para el pueblo, y no van a querer asumir el costo politico, que triste de verdad.
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CRIA CUERVOS... Y TENDRAS UN CHNGOHace 1 hora
ES CLARO QUE LOS POLITICOS SOLO BUSCAN SU BENEFICIO.
EL IETU ES UN ABSURDO IMPUESTO QUE DESTRUYE CUALQUIER POSIBILIDAD DE GENERACION DE NUEVAS EMPRESAS Y POR CONSIGUIENTE EMPLEOS.
HAY QUE LUCHAR PARA QUE NO HAYA MAS IMPUESTOS INUTILES COM ESTE O MEXICO SE CONVERTIRA EN EFECTO EN FECALANDIA, YA VEN, HASTA POR MASCOTA EL GOBIERNO QUIERE COBRARTE UNA LANA
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lUYlUHace 1 hora
SIEMPRE, DURANTE TODA MI VIDA HE VOTADO POR EL PAN, PERO SI EL PRD LOGRA QUE DEROGUEN EL IETU NO VOLVERÉ A VOTAR POR OTRO PARTIDO QUE NO SEA EL PRD, AUNQUE DUDO QUE LOGREN SU DESEO, PORQUE PARA ESO ESTÁ EL PRI EN EL SENADO, PARA "AYUDARNOS", PORQUE LO QUE SEA DE CADA QUIÉN ¡¡HAAA CÓMO NOS AYUDA EL PRI, ESOS SI QUE SON LOS MESENAS DEL PUEBLO, PERO ELLOS SON LOS QUE SE CENAN AL PUEBLO CON LOS SUELDOS QUE TIENEN, BUENO DE TODOS MODOS YO YA ESTOY VIEJO Y ME DA LO MISMO SI LO DEJAN O LO QUITAN, LO SIENTO POR LOS QUE VIENEN DETRÁS, ¡QUÉ MÉXICO LES VAMOS A DEJAR?, ¿PODRÁN VIVIR CON ESTOS PARÁSITOS? A VER QUIÉN LO VE 17 0ReportarSpam
lUYlUHace 1 hora
¡OJALÁ QUE LO DEROGUEN!, A LOS QUE COMO YO VIVIMOS DE ARENDAR INMUEBLES NOS PARTIÓ POR LA MITAD, VEAMOS: TENEMOS QUE PAGAR: 16% DE IVA, 2% DE ISR, Y 17% DE IETU, TOTAL 35% DE IMPUESTOS, ¿ES JUSTO? ADEMÁS SE PAGA AGUA, LUZ, PREDIAL ETC. ETC. EN RESÚMEN NOS QUEDAMOS CON EL 50% APROXIMADAMENTE DE LO QUE SE COBRA, PARA LOS QUE TIENEN EDIFICIOS, O MUCHOS INMUEBLES PUEDE SER QUE NO LOS AFECTE, PERO PARA LOS QUE TENEMOS UNO SÓLO, SÍ NOS AFECTA DEMASIADO, NOS BAJÓ EL NIVEL DE VIDA A MENOS DE LA MITAD, LO MEJOR ES VENDER LA PROPIEDAD Y COMÉRSELA EN ALGUNOS TRES O CUATRO AÑOS, Y ESPERAR QUE LA MUERTE LLEGUE ANTES DE QUE SE NOS TERMINE LO QUE NOS PAGARON POR DICHA VENTA, EN FIN, ESTAMOS EN SUS MANOS Y DEBEMOS OBEDECER LO QUE NUESTROS "DIGNÍSIMOS LEGISLADORES" DECIDAN, POR QUE COMO SE SUPONE QUE SON NUESTROS REPRESENTANTES NOS" CUIDAN Y AYUDAN" COMO A LA NIÑA DE SUS OJOS, GRACIAS SEÑOR CARSTENS, (NO SE NI ME IMPORTA SI ASÍ SE ESCRIBE) POR SU IETU, NO SABE CÓMO SE LO AGRADEZCO
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miércoles, 2 de noviembre de 2011
viernes, 22 de abril de 2011
POR CIERTO CONTA
Por cierto Conta
Sin muchas noticias este largo fin de semana quien sabe si gracias a las vacaciones y también si no fuera por las vacaciones no habria ni noticias pobre de los periodistas que tendrán que hechar mano a su imaginación para sacar una nota, o le siguen dando mas lugar a la boda la una plebeya con su Majestad, todo lo que sea menos los videos de MSN que me tienen loco ya , por dios que se les ocurra algo mejor, bueno mientras nos distraiga un poco , para seguir con la tarea y creo que mucha tarea la que tenemos nosotros y para todos vence el día ultimo que por cierto le seguiremos dando gracias a dios que cae sábado , dos días mas y posiblemente lo logramos , Declaración Anual Personas Físicas , claro quieren mas tarea, bueno espero no les quede alguna Persona Moral que aun estén tratando de conciliar , si es así , adelante no hay mucho que ver en la tele así que les quedaría bien trabajar unas horas mas este fin de semana, Días de pascual hay que darse tiempo de ir a la iglesia obliga señores , obliga yooo. Por cierto conta, aun es hora de oficina, Seguimos trabajando.
Aperaza
Sin muchas noticias este largo fin de semana quien sabe si gracias a las vacaciones y también si no fuera por las vacaciones no habria ni noticias pobre de los periodistas que tendrán que hechar mano a su imaginación para sacar una nota, o le siguen dando mas lugar a la boda la una plebeya con su Majestad, todo lo que sea menos los videos de MSN que me tienen loco ya , por dios que se les ocurra algo mejor, bueno mientras nos distraiga un poco , para seguir con la tarea y creo que mucha tarea la que tenemos nosotros y para todos vence el día ultimo que por cierto le seguiremos dando gracias a dios que cae sábado , dos días mas y posiblemente lo logramos , Declaración Anual Personas Físicas , claro quieren mas tarea, bueno espero no les quede alguna Persona Moral que aun estén tratando de conciliar , si es así , adelante no hay mucho que ver en la tele así que les quedaría bien trabajar unas horas mas este fin de semana, Días de pascual hay que darse tiempo de ir a la iglesia obliga señores , obliga yooo. Por cierto conta, aun es hora de oficina, Seguimos trabajando.
Aperaza
lunes, 21 de marzo de 2011
FECHAS PARA PAGOS PROVISIONALES
Los pagos provisionales o definitivos por concepto de impuesto sobre la renta, impuesto al activo, impuesto al valor agregado, impuesto especial sobre producción y servicios, incluyendo retenciones, deberán presentarse por Internet. El plazo para realizar dichos pagos vence a más tardar el día 17 del mes siguiente al mes o periodo al que corresponda el pago.
No obstante, también se puede optar por efectuar los pagos a más tardar el día que a continuación se señala, considerando el sexto dígito numérico del RFC, de acuerdo con lo siguiente:
Sexto dígito numérico del RFC Fecha límite de pago
1 y 2 Día 17 más un día hábil
3 y 4 Día 17 más dos días hábiles
5 y 6 Día 17 más tres días hábiles
7 y 8 Día 17 más cuatro días hábiles
9 y 10 Día 17 más cinco días hábiles
Los contribuyentes no podrán ejercer la opción si se encuentran en los siguientes casos:
Obligados a dictaminar sus estados financieros.
Controladoras y controladas.
La Federación, estados de la República, el Distrito Federal, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria de la federación, partidos y asociaciones políticas legalmente reconocidos, instituciones de crédito y organizaciones auxiliares de crédito, casas de cambio, instituciones para el depósito de valores, de seguros y de fianzas, sociedades mutualistas que no operen con terceros (siempre que no realicen gastos para la adquisición de negocios).
No obstante, también se puede optar por efectuar los pagos a más tardar el día que a continuación se señala, considerando el sexto dígito numérico del RFC, de acuerdo con lo siguiente:
Sexto dígito numérico del RFC Fecha límite de pago
1 y 2 Día 17 más un día hábil
3 y 4 Día 17 más dos días hábiles
5 y 6 Día 17 más tres días hábiles
7 y 8 Día 17 más cuatro días hábiles
9 y 10 Día 17 más cinco días hábiles
Los contribuyentes no podrán ejercer la opción si se encuentran en los siguientes casos:
Obligados a dictaminar sus estados financieros.
Controladoras y controladas.
La Federación, estados de la República, el Distrito Federal, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria de la federación, partidos y asociaciones políticas legalmente reconocidos, instituciones de crédito y organizaciones auxiliares de crédito, casas de cambio, instituciones para el depósito de valores, de seguros y de fianzas, sociedades mutualistas que no operen con terceros (siempre que no realicen gastos para la adquisición de negocios).
domingo, 20 de marzo de 2011
Aviso de cambio de domicilio fiscal por internet
Aviso de cambio de domicilio fiscal por internet
El Aviso de cambio de domicilio fiscal por internet puede ser presentado por personas físicas y personas morales, con situación distinta a cancelado, a través de Mi portal.
Para utilizarlo es requisito contar con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).
El servicio consta de dos fases:
Captura de los datos de su aviso de cambio de domicilio.
Se anexa el comprobante de domicilio y aviso de actualización al RFC digitalizados.
Posteriormente, el SAT verifica la consistencia, tanto de la información capturada como de los documentos digitalizados. En un plazo máximo de cinco días hábiles, el SAT le dará respuesta sobre su trámite.
Usted recibirá, vía correo electrónico, la confirmación del resultado de su aviso, pudiendo ser: presentado (trámite exitoso) o no presentado (inconcluso por inconsistencias).
En caso de tenerse por presentado el aviso, puede obtener al acuse respectivo a través de Mi portal. Cuando el SAT encuentre inconsistencias en la información presentada, le enviará un correo electrónico que detalla el motivo que impidió la conclusión exitosa de su trámite y que explica las acciones subsecuentes.
El trámite se toma como presentado en el momento en que es enviado al SAT cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites disponible en este Portal.
Usted puede verificar personalmente que los datos con los que quedó registrado en el RFC son correctos.
Para facilitar el uso de este nuevo servicio le sugerimos consulte la ( 2,021 kB) Guía para la presentación del aviso de cambio de domicilio por internet.
Beneficios
Permite la realización del trámite los 365 días del año, las 24 horas del día.
Le evita el traslado a las oficinas del SAT y el tiempo de espera respectivo.
Emplea documentos digitalizados para la comprobación del domicilio fiscal y elimina por completo el uso de documentos en papel.
Reduce los requisitos de identidad del contribuyente, ya que aprovecha la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) para la autentificación.
Le da la posibilidad de actualizar datos secundarios de su ubicación que no impliquen un cambio de domicilio fiscal, sin proporcionar documentación probatoria (tipo de vialidad, referencias, entrecalles, etc.).
Recibir y conservar el acuse del trámite en archivos digitales.
El Aviso de cambio de domicilio fiscal por internet puede ser presentado por personas físicas y personas morales, con situación distinta a cancelado, a través de Mi portal.
Para utilizarlo es requisito contar con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).
El servicio consta de dos fases:
Captura de los datos de su aviso de cambio de domicilio.
Se anexa el comprobante de domicilio y aviso de actualización al RFC digitalizados.
Posteriormente, el SAT verifica la consistencia, tanto de la información capturada como de los documentos digitalizados. En un plazo máximo de cinco días hábiles, el SAT le dará respuesta sobre su trámite.
Usted recibirá, vía correo electrónico, la confirmación del resultado de su aviso, pudiendo ser: presentado (trámite exitoso) o no presentado (inconcluso por inconsistencias).
En caso de tenerse por presentado el aviso, puede obtener al acuse respectivo a través de Mi portal. Cuando el SAT encuentre inconsistencias en la información presentada, le enviará un correo electrónico que detalla el motivo que impidió la conclusión exitosa de su trámite y que explica las acciones subsecuentes.
El trámite se toma como presentado en el momento en que es enviado al SAT cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites disponible en este Portal.
Usted puede verificar personalmente que los datos con los que quedó registrado en el RFC son correctos.
Para facilitar el uso de este nuevo servicio le sugerimos consulte la ( 2,021 kB) Guía para la presentación del aviso de cambio de domicilio por internet.
Beneficios
Permite la realización del trámite los 365 días del año, las 24 horas del día.
Le evita el traslado a las oficinas del SAT y el tiempo de espera respectivo.
Emplea documentos digitalizados para la comprobación del domicilio fiscal y elimina por completo el uso de documentos en papel.
Reduce los requisitos de identidad del contribuyente, ya que aprovecha la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) para la autentificación.
Le da la posibilidad de actualizar datos secundarios de su ubicación que no impliquen un cambio de domicilio fiscal, sin proporcionar documentación probatoria (tipo de vialidad, referencias, entrecalles, etc.).
Recibir y conservar el acuse del trámite en archivos digitales.
Habilita SAT pagar impuestos con tarjeta
Habilita SAT pagar impuestos con tarjeta
El pago con tarjeta de crédito no aplica a meses sin intereses.
Foto: EL NORTE
El pago se podrá hacerse a través de internet en el portal del banco o en ventanilla de sucursales, y no aplicará para pagos a meses sin intereses
Gonzalo Soto
Cd. de México (18 marzo 2011).- Pagar impuestos con tarjeta de crédito, así como realizar el cambio de domicilio fiscal, la solicitud de devoluciones y obtener la constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales a través de internet, son los cambios que ofrecerá el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El programa fue presentado por Ernesto Cordero, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y Alfredo Gutiérrez, jefe del SAT.
Los funcionarios señalaron que el SAT pondrá a disposición del contribuyente la posibilidad de pagar impuestos a través de tarjeta de crédito, que aplicará a partir de abril con el pago de saldo a cargo derivado de la presentación de la declaración anual.
El pago se podrá hacerse a través de internet en el portal del banco o en ventanilla de sucursales, y no aplicará para pagos a meses sin intereses.
Por ahora, el servicio está limitado a quienes cuenten con tarjeta de crédito de BBVA Bancomer, explicó Ortiz Mena.
Por el momento se está trabajando para que otros bancos puedan ofrecer el servicio, agregó el funcionario sin dar un estimado de cuántos clientes tendrán la posibilidad de utilizar este mecanismo.
Cordero a su vez destacó que la recaudación en 2011 como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) será de 10.4 por ciento, una cifra histórica.
Además, destacó que cada vez hay más contribuyentes en el País, pues en 2000 había 8 millones y el año pasado se registraron 33 millones.
Con esta modernización, el SAT pretende continuar con la facilitación de los procesos fiscales, mismos que se vienen dando desde el año pasado con cambios como la reducción de pagos de impuestos de empresas de 27 a 6, y la eliminación de los reportes mensuales del IETU.
Hora de publicación: 14:48 hrs.
El pago con tarjeta de crédito no aplica a meses sin intereses.
Foto: EL NORTE
El pago se podrá hacerse a través de internet en el portal del banco o en ventanilla de sucursales, y no aplicará para pagos a meses sin intereses
Gonzalo Soto
Cd. de México (18 marzo 2011).- Pagar impuestos con tarjeta de crédito, así como realizar el cambio de domicilio fiscal, la solicitud de devoluciones y obtener la constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales a través de internet, son los cambios que ofrecerá el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El programa fue presentado por Ernesto Cordero, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y Alfredo Gutiérrez, jefe del SAT.
Los funcionarios señalaron que el SAT pondrá a disposición del contribuyente la posibilidad de pagar impuestos a través de tarjeta de crédito, que aplicará a partir de abril con el pago de saldo a cargo derivado de la presentación de la declaración anual.
El pago se podrá hacerse a través de internet en el portal del banco o en ventanilla de sucursales, y no aplicará para pagos a meses sin intereses.
Por ahora, el servicio está limitado a quienes cuenten con tarjeta de crédito de BBVA Bancomer, explicó Ortiz Mena.
Por el momento se está trabajando para que otros bancos puedan ofrecer el servicio, agregó el funcionario sin dar un estimado de cuántos clientes tendrán la posibilidad de utilizar este mecanismo.
Cordero a su vez destacó que la recaudación en 2011 como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) será de 10.4 por ciento, una cifra histórica.
Además, destacó que cada vez hay más contribuyentes en el País, pues en 2000 había 8 millones y el año pasado se registraron 33 millones.
Con esta modernización, el SAT pretende continuar con la facilitación de los procesos fiscales, mismos que se vienen dando desde el año pasado con cambios como la reducción de pagos de impuestos de empresas de 27 a 6, y la eliminación de los reportes mensuales del IETU.
Hora de publicación: 14:48 hrs.
jueves, 3 de marzo de 2011
CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 2011
Ley de Ingresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2011
Art. 16 apartado C
CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 2011
Antecedentes:
• El 15 de noviembre de 2010, se publicó en el DOF, la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2011. En particular, en su artículo 16, apartado C se establece un beneficio consistente en la condonación de recargos y multas impuestas en términos de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, conforme a los porcentajes y lineamientos señalados en el citado artículo.
• Con fecha 14 de diciembre de 2010, se publicó en el DOF, el Acuerdo “ACDO.SA3.HCT.081210/383.P.DIR, emitido por el H. Consejo Técnico del IMSS, relativo a la aprobación de los Lineamientos de carácter general para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo referido en el párrafo anterior.
CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 2011
Beneficios:
Condonación de recargos y multas de adeudos generados hasta el 30 de junio de 2010.
Requisitos:
1. Escrito (solicitud).-
2.
• Ante la Subdelegación correspondiente.
•
• Fecha límite de presentación: 31 de marzo de 2011.
•
• Señalar la fecha en la que se realizará el pago de los adeudos.
•
• Garantizar el Interés Fiscal en los términos del Código Fiscal de la Federación.
•
2. Condonación.-
• Adeudos generados hasta el 30 de junio de 2010.
a)Derivados de COP’s, capitales constitutivos, inscripciones improcedentes y gastos que tenga derecho a exigir de personas no derechohabiente
b) Créditos fiscales que estén siendo pagados a través de convenio.
c) COP’s impugnadas, siempre y cuando medie el desistimiento.
• El pago total de los adeudos se deberá realizar en una exhibición.
3.
4. Porcentaje de condonación.-
• Entre el 1 de enero y 31 de marzo el 100%.
•
• Entre el 1 de abril al 31 de mayo, recargos 80% y multas 90%.
•
• Entre el 1 y 30 de junio, recargos 50% y 90 multas.
Autoridad ante quien se presenta el escrito de solicitud
Nombre o Denominación Social, del patrón, su Registro Patronal, Domicilio y demás datos de Identficación
Número de Crédito Fiscal, Período de Emisión, Importe de Suerte Principal, Actualización, Recargos Multas e Importe Total
Fecha Compromiso de Pago y Cantidad a Pagar
Señalar la Garantia del Interés Fiscal
4. No aplica.-
• Cuando la determinación de cuotas se deriven de actos u omisiones que impliquen la existencia de agravantes en la comisión de infracciones de la Ley del Seguro Social.
•
• Exista sentencia ejecutoriada que derive de la comisión de delitos fiscales.
• Recargos derivado de cuotas de RCV.
•
Nota: Las multas derivadas por concepto de RCV , si podrán apegarse al programa de condonación, pagando en una exhibición la suerte principal del crédito.
martes, 22 de febrero de 2011
NUEVA LEY DE MIGRACIÓN
martes, 22 de febrero de 2011
El Senado de la República aprobó en lo general, con 84 votos a favor y 15 en contra, el dictamen que expide la Ley de Migración, la cual establece la obligación del Estado mexicano de garantizar igualdad de trato a los migrantes en el ejercicio de todos sus derechos, independientemente de su situación migratoria.
APRUEBA SENADO EN LO GENERAL NUEVA LEY DE MIGRACIÓN
El Senado de la República aprobó en lo general, con 84 votos a favor y 15 en contra, el dictamen que expide la Ley de Migración, la cual establece la obligación del Estado mexicano de garantizar igualdad de trato a los migrantes en el ejercicio de todos sus derechos, independientemente de su situación migratoria.
Así, derechos fundamentales como el acceso a los servicios educativos, de salud, procuración e impartición de justicia, unidad familiar, información y reconocimiento de su personalidad jurídica, serán protegidos a favor de los migrantes sin importar su estatus migratorio.
Además, para atender a persona en situación de vulnerabilidad, como es el caso de los niños, niñas y adolescentes, se instituye la obligación de la autoridad de tomar en cuenta su edad y privilegiar su interés superior en todos los procedimientos.
La Ley tiene como objetivo facilitar y garantizar la movilidad de los migrantes por territorio nacional, en condiciones de respeto a su vida y dignidad, al ubicarlos como verdaderos sujetos del desarrollo local y global, y no como un peligro o amenaza para las comunidades por donde transitan, asientan o encauzan sus esfuerzos y trabajo.
En el dictamen avalado por el Pleno, se destaca que una de las aportaciones más importantes de esta reforma sustancial al sistema migratorio vigente lo constituye la creación de tres grandes grupos de condiciones de estancia: visitante, residente temporal y residente permanente.
Con ello, se sustituirán a las más de treinta calidades y características migratorias que actualmente se contemplan en la Ley General de Población, se explica en el documento.
Los legisladores esperan que con esta simplificación se contribuya al ordenamiento de los flujos migratorios e incentivar el ingreso de extranjeros que puedan traer consigo inversión, generación de empleos y fuentes de ingreso.
En este sentido, también se eleva a rango de ley al Instituto Nacional de Migración, el cual será la instancia encargada de instrumentar y ejecutar la política migratoria, así como fundamentar el sistema de profesionalización y certificación de su personal a través de un Centro de Evaluación y Control de Confianza.
Los senadores consideraron que esto último cobra más relevancia ante la problemática que ha enfrentado el Instituto en los últimos años, debido a que algunos de sus colaboradores han sido acusados o involucrados en contubernios con bandas de traficantes de indocumentados.
Además, se establece que el Ejecutivo determinará la política migratoria del país en su parte operativa, para lo cual deberá recoger las demandas y posicionamientos de los otros poderes de la Unión, de los gobiernos de las entidades federativas y de la sociedad civil organizada.
Asimismo, la Secretaría de Gobernación celebrará convenios de colaboración con los tres órdenes de gobierno, la sociedad civil y los particulares, a fin de que participen en el funcionamiento de los grupos de protección a migrantes que se encuentren en territorio nacional.
Con lo anterior --se explica en el documento-- se da sustento legal a los grupos BETA y a los Oficiales de Protección a la Infancia, que se han destacado por su desempeño en labores de rescate, asesoría, asistencia, atención especial y trato humanitario a los migrantes mexicanos y extranjeros.
Los senadores también incluyeron un sistema de sanciones para los servidores públicos del INM, personas físicas y morales que violen los derechos humanos de los migrantes y se aplicará una multa al funcionario que les niegue la prestación de los servicios o el ejercicio de los derechos previstos en esta ley.
Detallaron los medios comisivos para la tipificación del delito de tráfico de indocumentados y consideraron como agravante el inducir, procurar, facilitar u obligar a niñas, niños y adolescentes o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, bajo la disposición de que el delito habrá de perseguirse de oficio.
También, se dan facultades a la Secretaría de Seguridad Pública para que, a través de la Policía Federal lleve a cabo revisiones migratorias en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas, en coordinación con el INM.
Al fundamentar el dictamen, el senador panista Humberto Andrade Quezada aseguró que el fenómeno migratorio hoy en día “nos encuentra rebasados y con un marco normativo que no está a la altura de ello”.
En este sentido, precisó que en un tema tan sensible y controversial como éste, es muy difícil llegar al 100 por ciento de los consensos “pero créanme que estamos creando una visión diferente respecto al migrante como sociedad”.
Aclaró que se busca cuidar los derechos de los migrantes y acotar “con mucha claridad” la función de las autoridades, repartir funciones y atribuciones, a fin de evitar cualquier intento de criminalización hacia ellos.
En tanto, el senador priista Francisco Herrera León aclaró que este dictamen establece la definición de una política migratoria del Estado mexicano que “hoy ha estado ausente”, además de que instruye de manera clara el respeto a los derechos humanos de los migrantes.
Sin embargo, precisó que su bancada no está de acuerdo en criminalizarlos, “ni tampoco podemos estar de acuerdo en sancionar a quienes desde nuestro país, desde los estados de la frontera sur, en el centro, en el norte, les ofrecen oportunidades de trabajo a los migrantes”.
Por ello, propuso acotar de manera “muy clara” las funciones de la Secretaría de Seguridad Pública, a fin de que sea el INM quien asuma a plenitud las facultades que por ley tiene.
A su vez, el senador perredista Tomás Torres Mercado resaltó que “México no puede pedir, plantear, ni dictar reglas inferiores al estándar que planteamos para nuestros connacionales en Estados Unidos”.
Al respecto, se pronunció por concretar una política de Estado para atender “un fenómeno que es una realidad en las fronteras norte y sur del país”, a fin de tutelar los derechos humanos de migrantes y transmigrantes.
Al hablar en contra del dictamen, el senador petista Ricardo Monreal Ávila afirmó que con este dictamen se estará dando paso a una ley hostil, persecutoria, policiaca, que criminaliza la migración, al darle facultades indebidas, excesivas, inconstitucionales, a la Policía Federal.
No sólo eso, México se convierte en un vigilante extramuros, pues ya no sólo seremos el patio trasero, sino la antesala que revise el derecho de admisión a los Estados Unidos, agregó.
Advirtió que se convertirá al país en una “incómoda antesala” porque son los intereses de Estados Unidos los que privan para que México sea un revisor previo a su país.
Por el PVEM, el senador Jorge Legorreta Ordorica manifestó que es necesaria una política migratoria integral, acorde a las necesidades de los migrantes y al contexto económico, político y social.
En su opinión, la carencia de empleo, la caída del ingreso real y los sistemas de migración permanente se apoyan en la falta de oportunidades en el lugar de origen y en atracción de fuentes de trabajo en el lugar de destino.
Expresó su deseo que con esta nueva ley se pueda regular el tránsito de migrantes y se protejan sus derechos humanos.
A nombre de Convergencia, el senador Dante Delgado señaló que el problema de la migración de México hacia Estados Unidos y Centroamérica es resultado de “una política económica global fracasada”.
El neoliberalismo obligó en todas las naciones en desarrollo la aplicación del Consenso de Washington y “no queremos reconocer que la falta de empleos en el país genera la migración de un millón de jóvenes y la tristeza de que más de medio millón son deportados”.
Por Acción Nacional, el senador Rubén Camarillo Ortega consideró que “es un despropósito” afirmar que esta ley criminaliza la migración y sirve a los intereses de Estados Unidos.
Las disposiciones, enfatizó, “sirven a los intereses de los mexicanos y de nuestros hermanos centroamericanos” que atraviesan nuestro territorio para llegar a la nación americana.
Dijo que la determinación de la política migratoria se realizará “tomando en cuenta la tradición humanitaria de México y su compromiso indeclinable con los derechos humanos, el desarrollo, así como la seguridad nacional pública y fronteriza.
Por su parte, el senador Pablo Gómez Álvarez, del PRD, aseveró que “un proyecto en el que todos los partidos tienen reservas en particular; tendrían que posponer su votación en lo general, para ver si en el ínter se llegan a acuerdos sobre las reservas de todos”.
Añadió que uno de los defectos que detecta es que la ley le da a la policía la capacidad de sustituir a la autoridad administrativa migratoria.
Por esa razón, particularizó, “no puedo votar a favor de una ley así”. Pidió más prudencia en la aprobación y cuestionó “¿cuál es la prisa?”
Posteriormente, senadores del PAN, PRI, PRD y PT presentaron 126 reservas a diversos artículos tanto de la Ley de Migración, como la de Población y al Código Federal de Procedimientos Penales, mismas que serán discutidas y, en su caso, aprobadas en la sesión de este jueves a petición del senador priista Jesús Murillo Karam.
El dictamen aprobado en lo general también modifica la Ley General de Población, el Código Penal Federal, el Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada, la de la Policía Federal, la de Asociaciones Religiosas y Culto Público, la de Inversión Extranjera y la General de Turismo.
El Senado de la República aprobó en lo general, con 84 votos a favor y 15 en contra, el dictamen que expide la Ley de Migración, la cual establece la obligación del Estado mexicano de garantizar igualdad de trato a los migrantes en el ejercicio de todos sus derechos, independientemente de su situación migratoria.
APRUEBA SENADO EN LO GENERAL NUEVA LEY DE MIGRACIÓN
El Senado de la República aprobó en lo general, con 84 votos a favor y 15 en contra, el dictamen que expide la Ley de Migración, la cual establece la obligación del Estado mexicano de garantizar igualdad de trato a los migrantes en el ejercicio de todos sus derechos, independientemente de su situación migratoria.
Así, derechos fundamentales como el acceso a los servicios educativos, de salud, procuración e impartición de justicia, unidad familiar, información y reconocimiento de su personalidad jurídica, serán protegidos a favor de los migrantes sin importar su estatus migratorio.
Además, para atender a persona en situación de vulnerabilidad, como es el caso de los niños, niñas y adolescentes, se instituye la obligación de la autoridad de tomar en cuenta su edad y privilegiar su interés superior en todos los procedimientos.
La Ley tiene como objetivo facilitar y garantizar la movilidad de los migrantes por territorio nacional, en condiciones de respeto a su vida y dignidad, al ubicarlos como verdaderos sujetos del desarrollo local y global, y no como un peligro o amenaza para las comunidades por donde transitan, asientan o encauzan sus esfuerzos y trabajo.
En el dictamen avalado por el Pleno, se destaca que una de las aportaciones más importantes de esta reforma sustancial al sistema migratorio vigente lo constituye la creación de tres grandes grupos de condiciones de estancia: visitante, residente temporal y residente permanente.
Con ello, se sustituirán a las más de treinta calidades y características migratorias que actualmente se contemplan en la Ley General de Población, se explica en el documento.
Los legisladores esperan que con esta simplificación se contribuya al ordenamiento de los flujos migratorios e incentivar el ingreso de extranjeros que puedan traer consigo inversión, generación de empleos y fuentes de ingreso.
En este sentido, también se eleva a rango de ley al Instituto Nacional de Migración, el cual será la instancia encargada de instrumentar y ejecutar la política migratoria, así como fundamentar el sistema de profesionalización y certificación de su personal a través de un Centro de Evaluación y Control de Confianza.
Los senadores consideraron que esto último cobra más relevancia ante la problemática que ha enfrentado el Instituto en los últimos años, debido a que algunos de sus colaboradores han sido acusados o involucrados en contubernios con bandas de traficantes de indocumentados.
Además, se establece que el Ejecutivo determinará la política migratoria del país en su parte operativa, para lo cual deberá recoger las demandas y posicionamientos de los otros poderes de la Unión, de los gobiernos de las entidades federativas y de la sociedad civil organizada.
Asimismo, la Secretaría de Gobernación celebrará convenios de colaboración con los tres órdenes de gobierno, la sociedad civil y los particulares, a fin de que participen en el funcionamiento de los grupos de protección a migrantes que se encuentren en territorio nacional.
Con lo anterior --se explica en el documento-- se da sustento legal a los grupos BETA y a los Oficiales de Protección a la Infancia, que se han destacado por su desempeño en labores de rescate, asesoría, asistencia, atención especial y trato humanitario a los migrantes mexicanos y extranjeros.
Los senadores también incluyeron un sistema de sanciones para los servidores públicos del INM, personas físicas y morales que violen los derechos humanos de los migrantes y se aplicará una multa al funcionario que les niegue la prestación de los servicios o el ejercicio de los derechos previstos en esta ley.
Detallaron los medios comisivos para la tipificación del delito de tráfico de indocumentados y consideraron como agravante el inducir, procurar, facilitar u obligar a niñas, niños y adolescentes o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, bajo la disposición de que el delito habrá de perseguirse de oficio.
También, se dan facultades a la Secretaría de Seguridad Pública para que, a través de la Policía Federal lleve a cabo revisiones migratorias en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas, en coordinación con el INM.
Al fundamentar el dictamen, el senador panista Humberto Andrade Quezada aseguró que el fenómeno migratorio hoy en día “nos encuentra rebasados y con un marco normativo que no está a la altura de ello”.
En este sentido, precisó que en un tema tan sensible y controversial como éste, es muy difícil llegar al 100 por ciento de los consensos “pero créanme que estamos creando una visión diferente respecto al migrante como sociedad”.
Aclaró que se busca cuidar los derechos de los migrantes y acotar “con mucha claridad” la función de las autoridades, repartir funciones y atribuciones, a fin de evitar cualquier intento de criminalización hacia ellos.
En tanto, el senador priista Francisco Herrera León aclaró que este dictamen establece la definición de una política migratoria del Estado mexicano que “hoy ha estado ausente”, además de que instruye de manera clara el respeto a los derechos humanos de los migrantes.
Sin embargo, precisó que su bancada no está de acuerdo en criminalizarlos, “ni tampoco podemos estar de acuerdo en sancionar a quienes desde nuestro país, desde los estados de la frontera sur, en el centro, en el norte, les ofrecen oportunidades de trabajo a los migrantes”.
Por ello, propuso acotar de manera “muy clara” las funciones de la Secretaría de Seguridad Pública, a fin de que sea el INM quien asuma a plenitud las facultades que por ley tiene.
A su vez, el senador perredista Tomás Torres Mercado resaltó que “México no puede pedir, plantear, ni dictar reglas inferiores al estándar que planteamos para nuestros connacionales en Estados Unidos”.
Al respecto, se pronunció por concretar una política de Estado para atender “un fenómeno que es una realidad en las fronteras norte y sur del país”, a fin de tutelar los derechos humanos de migrantes y transmigrantes.
Al hablar en contra del dictamen, el senador petista Ricardo Monreal Ávila afirmó que con este dictamen se estará dando paso a una ley hostil, persecutoria, policiaca, que criminaliza la migración, al darle facultades indebidas, excesivas, inconstitucionales, a la Policía Federal.
No sólo eso, México se convierte en un vigilante extramuros, pues ya no sólo seremos el patio trasero, sino la antesala que revise el derecho de admisión a los Estados Unidos, agregó.
Advirtió que se convertirá al país en una “incómoda antesala” porque son los intereses de Estados Unidos los que privan para que México sea un revisor previo a su país.
Por el PVEM, el senador Jorge Legorreta Ordorica manifestó que es necesaria una política migratoria integral, acorde a las necesidades de los migrantes y al contexto económico, político y social.
En su opinión, la carencia de empleo, la caída del ingreso real y los sistemas de migración permanente se apoyan en la falta de oportunidades en el lugar de origen y en atracción de fuentes de trabajo en el lugar de destino.
Expresó su deseo que con esta nueva ley se pueda regular el tránsito de migrantes y se protejan sus derechos humanos.
A nombre de Convergencia, el senador Dante Delgado señaló que el problema de la migración de México hacia Estados Unidos y Centroamérica es resultado de “una política económica global fracasada”.
El neoliberalismo obligó en todas las naciones en desarrollo la aplicación del Consenso de Washington y “no queremos reconocer que la falta de empleos en el país genera la migración de un millón de jóvenes y la tristeza de que más de medio millón son deportados”.
Por Acción Nacional, el senador Rubén Camarillo Ortega consideró que “es un despropósito” afirmar que esta ley criminaliza la migración y sirve a los intereses de Estados Unidos.
Las disposiciones, enfatizó, “sirven a los intereses de los mexicanos y de nuestros hermanos centroamericanos” que atraviesan nuestro territorio para llegar a la nación americana.
Dijo que la determinación de la política migratoria se realizará “tomando en cuenta la tradición humanitaria de México y su compromiso indeclinable con los derechos humanos, el desarrollo, así como la seguridad nacional pública y fronteriza.
Por su parte, el senador Pablo Gómez Álvarez, del PRD, aseveró que “un proyecto en el que todos los partidos tienen reservas en particular; tendrían que posponer su votación en lo general, para ver si en el ínter se llegan a acuerdos sobre las reservas de todos”.
Añadió que uno de los defectos que detecta es que la ley le da a la policía la capacidad de sustituir a la autoridad administrativa migratoria.
Por esa razón, particularizó, “no puedo votar a favor de una ley así”. Pidió más prudencia en la aprobación y cuestionó “¿cuál es la prisa?”
Posteriormente, senadores del PAN, PRI, PRD y PT presentaron 126 reservas a diversos artículos tanto de la Ley de Migración, como la de Población y al Código Federal de Procedimientos Penales, mismas que serán discutidas y, en su caso, aprobadas en la sesión de este jueves a petición del senador priista Jesús Murillo Karam.
El dictamen aprobado en lo general también modifica la Ley General de Población, el Código Penal Federal, el Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada, la de la Policía Federal, la de Asociaciones Religiosas y Culto Público, la de Inversión Extranjera y la General de Turismo.
miércoles, 16 de febrero de 2011
PRIMA DE ANTIGUEDAD DE UN TRABAJADOR
México D. F., 16 de Febrero de 2011
PRIMA DE ANTIGÜEDAD DE UN TRABAJADOR. DEBE DETERMINARSE CONFORME A SU SALARIO AL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL
Así lo determinó la Segunda Sala de la SCJN al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de Circuito.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el monto de la prima de antigüedad debe determinarse con base en el salario que percibía el trabajador al momento en que terminó la relación laboral, por renuncia, muerte, incapacidad o jubilación, y en caso de que aquél exceda del doble del salario mínimo general vigente en esa fecha, esta cantidad se considerará como salario máximo, con independencia de que el pago de esa prestación se haga con posterioridad.
Los ministros consideraron que la prima de antigüedad es un beneficio para los trabajadores, con cargo al patrón, que se genera por el simple transcurso del tiempo y el derecho a su otorgamiento nace una vez que ha concluido el vínculo laboral, debiéndose cubrir en razón al tiempo que el trabajador prestó sus servicios, es decir la antigüedad.
De esta manera, resolvieron una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de Circuito que estaban en desacuerdo respecto de cuál es el salario que debe tomarse como base para determinar el monto de la prima de antigüedad, contemplados en los artículos 485 y 486 de la Ley Federal del Trabajo.
Dichos artículos prevén el monto mínimo y máximo del salario que debe tomarse como base para el cálculo la prima de antigüedad, toda vez que dicho salario no podrá ser inferior al salario mínimo ni mayor al doble, ya que si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo.
PRIMA DE ANTIGÜEDAD DE UN TRABAJADOR. DEBE DETERMINARSE CONFORME A SU SALARIO AL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL
Así lo determinó la Segunda Sala de la SCJN al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de Circuito.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el monto de la prima de antigüedad debe determinarse con base en el salario que percibía el trabajador al momento en que terminó la relación laboral, por renuncia, muerte, incapacidad o jubilación, y en caso de que aquél exceda del doble del salario mínimo general vigente en esa fecha, esta cantidad se considerará como salario máximo, con independencia de que el pago de esa prestación se haga con posterioridad.
Los ministros consideraron que la prima de antigüedad es un beneficio para los trabajadores, con cargo al patrón, que se genera por el simple transcurso del tiempo y el derecho a su otorgamiento nace una vez que ha concluido el vínculo laboral, debiéndose cubrir en razón al tiempo que el trabajador prestó sus servicios, es decir la antigüedad.
De esta manera, resolvieron una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de Circuito que estaban en desacuerdo respecto de cuál es el salario que debe tomarse como base para determinar el monto de la prima de antigüedad, contemplados en los artículos 485 y 486 de la Ley Federal del Trabajo.
Dichos artículos prevén el monto mínimo y máximo del salario que debe tomarse como base para el cálculo la prima de antigüedad, toda vez que dicho salario no podrá ser inferior al salario mínimo ni mayor al doble, ya que si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo.
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